Toda persona podrá hacer uso del servicio de préstamo a domicilio de la Biblioteca, siempre y cuando esté matriculada en la EOI Puerta de la mar.
No se prestará ningún tipo de material si previamente no han sido devueltos los documentos sobrepasados. Asimismo, quedarán exentos del servicio de préstamo, los usuarios que no hayan repuesto algún material extraviado o gravemente deteriorado.
Existe una lista de reserva/espera para los ejemplares que componen la colección de la Biblioteca, y por lo tanto, se podrá reservar un ejemplar a un usuario durante 24 horas. Transcurrido este tiempo, el documento objeto de reserva, se pondrá a disposición de otro usuario que se encuentre en la lista de reserva/espera.
Si no hubiese ningún usuario en la lista mencionada, el documento se colocará en la estantería correspondiente para que pueda estar accesible para otros usuarios.
- Normal o prestable: prestable durante 14 días.
- Audiovisuales: prestable durante 3 días.
- No prestable: sólo para consulta en la sala de lectura de la Biblioteca.
- Restringido: sólo para uso del profesorado y personal no docente; se prestan durante 1 día para uso en el aula y/o para reprografía.
Condiciones de préstamo
Préstamo de un máximo de dos documentos por lector (junto con los CD-ROMS o DVDs que puedan acompañar a los documentos).
Ejemplos:
Tipología documental | Nº de documentos |
1 Libro + 1 Libro | 2 |
1 Libro + 1 DVD | 2 |
1 DVD + 1 DVD | 2 |
1 Libro + 1 Libro con CD-ROMs o DVDs audio | 2 + (CD-ROMS o DVDs audio que acompañan a 1 libro) |
1 libro con CD-ROMs / DVDs + 1 Libro con CD-ROMs / DVDs audio | 2 + (CD-ROMS o DVDs audio que acompañan a ambos libros) |
Términos de préstamo: devoluciones y renovaciones
Tipología documental | Periodo de préstamo |
Periodo de renovación (nº renovaciones) |
LIBROS / CD-ROM AUDIO | 14 días naturales |
5 días naturales (1 renovación) |
DVDs | 7 días naturales |
3 días naturales (1 renovación) |
La devolución se realizará sola y exclusivamente en la Biblioteca, dentro del horario de servicio. En caso de coincidir con un día festivo o no lectivo, la devolución se realizará al siguiente día lectivo. El alumno debe estar presente hasta que el personal de la Biblioteca confirme la devolución.
No está permitida la devolución de documentos objeto de préstamo en Conserjería. Éstos se entregarán al personal de la Biblioteca, en la propia Biblioteca, con el objeto de poder proceder a su devolución en el Programa Integral de Gestión Bibliotecaria: ABIES.
Los usuarios tienen derecho a realizar una renovación.
Los tipos de ejemplares normales o prestables (tales como libros o CD-ROMs de audio), podrán renovarse por otros 5 días.
Los tipos de ejemplares audiovisuales (tales como DVDs) podrán renovarse por otros 3 días. La renovación se realizara siempre que los documentos objeto de renovación, no estén reservados por otros usuarios.
Pérdidas, deterioros y sanciones
Se seguirá el siguiente protocolo de actuación para los usuarios que se retrasen en la devolución de un documento:
El documento deberá ser devuelto a las 48 h. del primer aviso de devolución.
Si el documento objeto de préstamo no se hubiese devuelto dentro del anterior periodo indicado, se enviará un segundo aviso de devolución. El usuario dispondrá de otras 48 horas para su devolución.
Si el documento objeto de préstamo no se hubiese devuelto durante el anterior periodo indicado, el equipo de apoyo de la Biblioteca será el encargado de enviar un e-mail a la persona responsable de la Biblioteca, junto con los datos del usuario/a moroso/a. La persona responsable de la Biblioteca, informará al profesor/a de dicho usuario/a, con el objeto que le pueda solicitar la devolución del documento objeto de préstamo.
Si el usuario hiciese caso omiso al tercer aviso de devolución por parte del profesor/a, se le podría denegar al usuario el uso del servicio de préstamo de la Biblioteca hasta el final del año académico en curso.
También se podrá denegar el servicio de préstamo, temporalmente, a aquellos usuarios que hayan deteriorado gravemente documentos objeto de préstamo. En caso de extravío y/o deterioro de documentos objeto de préstamo, éstos o su valor deberán ser repuestos a la mayor prontitud posible por parte del usuario.