CURSO 2020/21

Normativa de referencia

  • Artículo 33 de la Orden de 20 de abril de 2012, por la que se regulan los criterios y procedimientos de admisión del alumnado en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Proceso de anulación de matrícula

  • El alumno/a podrá presentar ante la Dirección de la escuela una petición razonada de anulación de matrícula antes de finalizar el mes de abril de cada curso escolar, alegando las causas que imposibiliten su asistencia a clase y aportando la correspondiente justificación por escrito.
  • Este derecho se podrá ejercer una vez por cada curso que conforme los distintos niveles en las enseñanzas de idiomas de régimen especial.
  • Podrá descargarse el impreso de anulación de matrícula en nuestra página web eoimarbella.es > Secretaría > Impresos varios > Anulación de matrícula /impreso
  • Las solicitudes de anulación de matrícula se deberán enviar telemáticamente al correo electrónico admin@eoimarbella.es 
  • Si se concede la anulación, la matrícula no será computada a los efectos del número máximo de años de permanencia en las enseñanzas de idiomas de régimen especial
  • En ningún caso, la anulación de la matrícula dará derecho a la devolución de las tasas académicas.
  • Una vez concedida la anulación perderá su plaza y deberá volver a solicitar plaza en el mes de mayo del año en el que quiera retomar sus estudios.